Situaciones especiales

    Licencia de conducir para refugiados y asilados en EE.UU.

    2026-02-01 7 min

    Respuesta rápida

    Los refugiados y asilados pueden obtener licencia de conducir en todos los estados presentando su I-94, EAD (I-766) y SSN. A diferencia de otros inmigrantes, los refugiados y asilados tienen acceso inmediato al SSN y pueden obtener licencias con la misma vigencia que un residente permanente.

    Derecho a licencia de conducir como refugiado o asilado

    Los refugiados y asilados tienen presencia legal autorizada en EE.UU. y pueden obtener licencia de conducir en todos los 50 estados. Tu estatus de refugiado o asilado te otorga derechos similares a los de un residente permanente en muchos aspectos.

    A diferencia de personas con visas temporales, los refugiados y asilados pueden solicitar SSN inmediatamente al llegar a EE.UU., lo que facilita el proceso. Agenda tu cita en el DMV lo antes posible.

    Además, puedes obtener autorización de trabajo automática, lo que te permite acceder a todos los servicios gubernamentales que requieren empleo o SSN.

    Documentos necesarios según tu estatus

    Los documentos que necesitas dependen de si eres refugiado o asilado:

    Refugiados pueden presentar: I-94 con sello de admisión como refugiado, formulario I-590 (Registration for Classification as Refugee), documento de viaje para refugiados (I-571), o EAD (I-766).

    Asilados pueden presentar: carta de aprobación de asilo, I-94, EAD (I-766), o formulario I-797 (Notice of Action) que confirma la concesión de asilo.

    En ambos casos, también necesitarás: SSN (o carta del SSA si aún no lo recibes), prueba de residencia estatal (2 documentos) y tu pasaporte de país de origen si lo tienes (no es obligatorio).

    Si ya tienes green card (formulario I-485 aprobado tras 1 año de estatus), puedes usarla como tu documento principal de identidad y presencia legal.

    Proceso paso a paso

    El proceso para obtener licencia como refugiado o asilado sigue los mismos pasos que cualquier residente:

    1. Obtener SSN — Visita la oficina del Social Security Administration con tu I-94 y documentos de estatus. Los refugiados pueden solicitar SSN como parte del proceso de reasentamiento.
    2. Reunir documentos — I-94, EAD o carta de aprobación, SSN y pruebas de residencia.
    3. Visitar el DMV — Hacer cita previa cuando sea posible. Lleva todos los documentos originales (no copias).
    4. Aprobar exámenes — Examen de la vista, examen escrito (disponible en español y otros idiomas en muchos estados) y examen práctico de manejo.
    5. Recibir tu licencia — Algunos estados la emiten el mismo día; otros la envían por correo en 2-4 semanas.

    Si tienes dificultades con el idioma inglés para el examen escrito, muchos estados ofrecen el examen en tu idioma o permiten el uso de intérprete.

    Vigencia y renovación

    La vigencia de tu licencia depende de tu estatus. No olvides agendar tu cita en el DMV con anticipación.

    Refugiados con I-94 — Algunos estados emiten licencias con vigencia limitada (1-2 años) hasta que obtengas la green card. Otros emiten licencias estándar de 4-8 años.

    Asilados con EAD — La licencia puede estar atada a la fecha de expiración del EAD. Al renovar el EAD, deberás renovar la licencia.

    Con green card — Una vez que obtienes la residencia permanente (disponible 1 año después de la concesión de asilo o admisión como refugiado), tu licencia se emitirá con vigencia estándar.

    Algunos estados como California y New York no limitan la vigencia de la licencia para refugiados y asilados, tratándolos igual que a residentes permanentes desde el inicio.

    Preguntas frecuentes

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